“El juzgado de 1r
instancia e Instrucción Nº4 de Vinarós ha decretado libertad para el conductor
que fue detenido el pasado jueves, por la Guardia civil como presunto autor del
atropello de dos jóvenes cuando estaban en una parada de autobús en Benicarló…”
Así empezaban a comunicar la noticia en un popular medio de comunicación de
internet, bajo el titular “el conductor drogado que mató a una menor en
Benicarló queda libre”.
Simplemente con el titular hiriente, te
preguntas ¿Qué quieren informar de lo ocurrido o cabrear a la gente? Porque si
tendrían buena fe, podrían haber escrito el titular de otra forma, como por ejemplo “Empieza
la instrucción del accidente en la parada de autobús en Benicarló” en la
noticia en vez de hacer hincapié en los sucesos después del accidente, dan más
importancia a los orígenes extranjeros del conductor y su estado de libertad. Hoy, en hoy me mojo lo que nadie cuenta del accidente de la parada del autobús.
Las acciones penales de un accidente automovilístico, como cualquier otro suceso imprevisto que quita la vida a un ser humano,
corresponden a un procedimiento procesal penal.
Es un proceso, que sabes cuándo empieza pero no cuando termina. “El conductor drogado” no ha quedado libre,
ya que, inicialmente le han tenido que retirar el carnet de conducir, y otras medidas
cautelares han sido que está bajo libertad vigilada, es decir, no puede salir
del país a la espera de la instrucción
del caso.
Mucha gente que ha leído
la noticia se ha indignado, porque a
pesar de estar por medio el Poder
Judicial, han sintetizado que el supuesto
autor del accidente, puede ir por la calle, como si no hubiera pasado
nada. Por sentido común, tendría que estar en prisión porque ha matado
a una persona. Personalmente, me gustaría que estuviera en la cárcel como
medida cautelar hasta que se haga el juicio, pero en este caso se ha denegado, porque
el conductor ha declarado que iba bajo el abuso de sustancias estupefacientes.
La drogadicción en nuestro ordenamiento jurídico es causa
extraordinaria de suspensión de penas privativas, para aquellas personas que no
sean reincidentes y su pena se compute menor de dos años de prisión. El art. 87
C.P, se fundamenta por la situación de
que el individuo esta bajo los efectos de una sustancia, que anula su voluntad de decisión y no puede responder de
sus acciones por la dependencia de estas. Pero ningún jurista ha valorado la voluntad de
la persona, cuando eligió probar las drogas que de inicio no son licitas.
A priori parece que
no importa el daño causado por éste, a la menor a su amiga que la acompañaba ni a terceros. Pero pensándolo bien, que
ganamos con que se pudra en una prisión,
¿es un castigo que alivia el dolor causado? A mí me parece más una condena
vengativa que justa. Porque no hay que
olvidar que aparte de pedir responsabilidad civil, también se tendría que pedir una indemnización
al seguro del conductor, en caso de que
tenga, porque por su parte ha sido una irresponsabilidad asegurar a un drogodependiente.
Personalmente aunque parezca salvaje y fuera de la ley, el auténtico
resarcimiento de una muerte violenta se paga con otra muerte, aunque supongo
que te quedas igual, porque la menor muerta a pesar del sacrificio no vuelve a
la vida. La acompañante de mayor edad que también sufrió el accidente, siempre le quedarán
secuelas de lo que le sucedió, aunque cabe esperar cómo evoluciona, la muerte del conductor no le salva de su tratamiento.
Según los medios y todos los que quieren verlo así, la presunta
causa del daño es la mala conducción del
conductor. Pero fue un accidente, tampoco no debemos olvidar que la parada de autobús está muy mal iluminada y como se ha demostrado
en una localización con peligro de
accidentes mortales. Las autoridades del municipio han declarado de lo sucedido que es
una parada que cumple todos los requisitos, pero intentaran mejorarla. Una declaración
un poco contradictoria, a mi entender, porque si esta homologada no puedes hacer más por ella. También exigiría su responsabilidad, averiguaría
de quién es esa parada y quién ha dado su permiso de instalarla ahí y tomar las
medidas pertenecientes. Aunque
recordemos que la justicia llevada al extremo es una extrema injusticia.